Fecha de actualización: 15 de diciembre de 2016.
Los Organismos Públicos Locales (OPL) son los encargados de la organización de las elecciones en su entidad federativa para la designación de:
Las reformas constitucional y legal en materia electoral implicaron un rediseño al régimen electoral mexicano, dando paso a la transformación del entonces Instituto Federal Electoral al ahora Instituto Nacional Electoral. Esta nueva autoridad cuenta con una estructura, funciones y objetivos novedosos a fin de homologar los estándares con los que se organizan los procesos electorales federales y locales, para garantizar altos niveles de calidad en la organización de las elecciones. Entre las nuevas atribuciones de la autoridad electoral nacional, destaca lo referente a su coordinación y vinculación con los Organismos Públicos Locales Electorales.
Para cumplir con esta nueva tarea, la coordinación de actividades entre el Instituto y los Organismos Públicos Locales Electorales está a cargo de la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales y del Consejero Presidente de cada organismo público local, a través de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, en los términos previstos en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE).